MATRIMONIO HAY UNO SOLO
MATRIMONIO HAY UNO SOLO
Y no es patrimonio exclusivo de ninguna religión ni de ningún grupo social. El matrimonio es consecuencia del amor que se ha afianzado entre dos personas y que por ello deciden unir sus vidas y embarcarse en un proyecto de vida común que se llama familia.
Durante algún tiempo pensé que los ciudadanos homosexuales del Ecuador podían y debían conformarse con una institución similar al matrimonio que se podía llamar unión civil y que tuviera los mismos efectos del matrimonio, de manera que todos quedemos contentos.
Pero aún así nadie quedaba contento: los grupos conservadores (católicos y cristianos, mayoritarios en el Ecuador) decían que si el Estado reconocía la unión civil entre personas del mismo sexo con efectos iguales al del matrimonio sería un paso en la dirección a que en el corto plazo el Estado termine reconociendo el matrimonio también para los ciudadanos homosexuales; y los grupos progresistas, en cambio, decían que la unión civil con efectos similares era como un premio consuelo para ciudadanos de segunda categoría, o sea, una institución discriminatoria.
Lo curioso es que no les falta razón a ninguno de esos grupos. Pero de lo que se trata no es de contentar a unos y a otros, sino de lo que es justo para unos y para otros. Se trata de que el Estado debe proteger a todos sus ciudadanos por igual, sin que las creencias religiosas de unos, por más que se consideren mayoría, interfieran en los planes de vida de los otros.
Por ejemplo, ¿qué daño le hace a la religión, a las iglesias cristianas, evangélicas o católicas, que dos hombres o dos mujeres, creyentes o no, decidan unir sus vidas para formar una familia? Es obvio que ningún daño. Pero impedir que estas personas puedan formar familia a través del matrimonio sí es un daño evidente a sus derechos y libertades.
No es nada raro que los conservadores y sus iglesias quieran imponer a los demás un estilo de vida particular con fundamento en los textos sagrados. Lo han hecho siempre. Pero aquello no es legítimo. Estos grupos no deben confundir la Constitución del Ecuador ni con la Biblia ni con el Corán.
La Constitución del Ecuador nos protege a todos, aunque en el articulado relacionado con el matrimonio haya una “exclusividad discriminatoria”: el derecho al matrimonio es exclusivo de los heterosexuales. Es obvio que hay una contradicción en la Constitución, una “inconstitucionalidad ad intra”: todos, hombres y mujeres somos iguales en derechos y libertades (Art. 11), pero el matrimonio es derecho exclusivo de los heterosexuales (Art. 67). Los homosexuales están excluidos del matrimonio. Parecería que los homosexuales son los “sangre sucia” de las novelas de Harry Potter.
¿A quién le corresponde resolver esta “inconstitucionalidad ad intra” de nuestra Constitución? Obvio que a los jueces constitucionales. Acordémonos que la Constitución del Ecuador no es la Biblia, por tanto no es autosuficiente. Para resolver esta “disputa” constitucional es necesario recurrir a los instrumentos internacionales y a las decisiones de los órganos internacionales de los cuales el Ecuador es parte.
La Corte Constitucional no la tiene fácil, pero el camino a seguir ya está trazado: el matrimonio civil no puede ser exclusividad de ningún grupo, peor de ninguna religión. Si no es de todos no puede ser de nadie. Lo contrario es un odioso privilegio.
Matrimonio hay uno solo y es para todos sin discriminación.
Publicado originalmente vía Facebook: https://bit.ly/2UedhJD
Byron Silva C. - Abogado y Consultor de Buenas Prácticas
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Quito - Ecuador